La bancada radical cuestiona el procedimiento interno del Concejo Deliberante

Incumplimientos de la Ley Orgánica Municipal?

Al anunciarse en La Cumbre que el 4 de marzo serán las sesiones preparatorias del Concejo Deliberante local, la bancada radical emitió un comunicado afirmando que "nuestro bloque considera que tiene la obligación de cumplir con los plazos estipulados por la Ley Orgánica Municipal 8102

que en su art 29 cita que la sesión preparatoria se debe realizar 10 días antes del comienzo de las sesiones ordinarias...consideramos que el plazo máximo para las preparatorias esel último dia del mes de febrero.

Solicitamos nos responda algunas preguntas que nos surgen a traves del dictámen emitido por la Asesora Letrada del Municipio, que nos fue entregado, donde hace referencia a la ausencia del intendente hasta el 17 de marzo del corriente, y la necesidad de que este proceda a la apertura de sesiones ordinarias, planteando que no existe impedimento legal de que el inicio de las sesiones se lleve a cabo a la fecha de su regreso.

preguntamos:

en que art de la Ley Orgánica Municipal exije que la apertura de sesiones las deba comenzar el intendente?

En qué artículo de la ley dice que debemos comenzar a sesionar cuando el intendente lo disponga?

por ausencia temporaria o licencia, nos quiere decir que queda acéfalo el municipio, nadie lo va a reemplazar como establece la ley?

fragmento de la carta enviada a Canal 11 del bloque de concejales radicales de La Cumbre.

Claudia Cepeda

 

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1 comentario de lector

  1. fabian carrizo04/03/2010 04:55

    ¿ Y en Los Cocos, porque no empezaron ? Armani tambien fue a Tierra Santa ??