La injerencia del Estado en los contenidos de la radiodifusión cruza fronteras antes solo violentadas por las dictaduras

Ante el proyecto oficial de ley de medios

La proclamada intención de impedir la concentración excesiva de medios encubre, en el proyecto de ley que impulsa el Gobierno, un ataque frontal a la radiodifusión privada independiente y el fortalecimiento de un sistema estatal de dudosa autonomía política

La resultante es la amenaza cierta de un severo recorte en el ejercicio ciudadano de derechos humanos universalmente consagrados como el libre acceso a la información y la libertad de expresión.

Las cadenas de radios privadas quedan limitadas al 30 por ciento de la programación diaria, fuera del horario central y con la prohibición expresa de incluir publicidad ajena a la que comercialice la estación local. La ley proyectada mata dos pájaros de un tiro: restringe la libre circulación en todo territorio nacional de una programación independiente, y mina las bases de sustentación económica de las cadenas o redes privadas permanentes.

En cambio, las emisoras estatales no tendrán límites para difundir programaciones en cadena.


Ánimo hegemónico

El ánimo hegemónico del texto oficial restringe los contenidos de las cadenas privadas a extremos insostenibles. Tanto como si se exigiera a los diarios editados en Buenos Aires que publiquen un setenta por ciento de información local para poder circular en ciudades del interior. O se le impusiera a una señal de televisión por cable que el 70 por ciento de sus contenidos sean producidos en cada plaza en que se emite.

El argumento de la “limitación del espectro radioeléctrico” es hoy inadmisible, ya que en cualquier localización un usuario puede sintonizar en su receptor más de cuarenta estaciones. Aceptar hoy esa premisa podría llevar mañana a que, invocando la escasez de papel, se obstaculice la libre circulación de diarios, revistas y libros.

Tampoco se considera que una programación radial es una obra única e integral. Un diario se ordena en secciones pero integra un todo. Los capítulos de un libro se integran en una unidad. Reducir a un segmento la programación radial en cadena, equivale a imponer a un diario que sólo algunas de sus secciones puedan circular en el territorio nacional.

Existen otros aspectos curiosos en esta limitación. Casi no quedan radios que no suban su señal a la red digital y quienes puedan acceder a internet -siempre que el Estado no lo regule- podrán ejercer la libertad de oír lo que quieran y cuando quieran. Curiosa discriminación a quienes no puedan afrontar el costo de conectarse a la red.

El proyecto oficial establece que un radiodifusor puede explotar hasta diez licencias, siempre que su cobertura no superes el 35 por ciento de la población. Como el área metropolitana reúne al 32 por ciento, las radios del interior no podrán tener emisoras en Buenos Aires y viceversa.

Un costado poco debatido del tema es que la desarticulación de las cadenas de radio privadas suprime su importante rol integrador de las distintas geografías y culturas del país.



El Estado programador

La injerencia del Estado en los contenidos de la radiodifusión cruza fronteras antes solo violentadas por las dictaduras. Se establecen tipos de contenidos obligatorios, se fijan horarios para algunos de ellos y hasta se limitan los cambios de programación.

La obligatoriedad de emitir un 30 por ciento de música de autores o intérpretes nacionales plantea situaciones rayanas en el absurdo. Deberá explicarse con frecuencia a los oyentes que no se pueden satisfacer sus pedidos “por falta de cupo”. La difusión de artistas arraigados en el gusto popular, como los Beatles, Shakira, Julio Sosa, por citar tres ejemplos –la lista es interminable-, estará severamente limitada por su condición de extranjeros. Y hasta será necesario acreditar de manera fehaciente la nacionalidad del mismísimo Carlos Gardel.

Las creaciones de los músicos argentinos consagrados tendrán asignado el mismo cupo –seguramente escaso- que el cincuenta por ciento establecido para producciones independientes cuyos valores artísticos y capacidad de inserción en el gusto popular pueden resultar una incógnita. Esta ocurrencia de racionalidad dudosa generará además un costo adicional. Los radiodifusores deberán seguir pagando las tasas fijadas por el uso del repertorio universal de las entidades autorales y, además, salir a comprar obras de autores e intérpretes independientes.

Debilitamiento económico

El cercenamiento de la posibilidad de difundir publicidad en cadena y las emisiones simultáneas de la misma programación por AM y FM en la misma localización bloquea herramientas útiles para la comunicación publicitaria de amplia cobertura y valor tarifario superior. Rompe la economía de escala.

La radiodifusión sonora de gestión privada perderá a los grandes anunciantes, quienes tendrán en las emisoras estatales la única alternativa de cobertura de gran alcance. Con lo cual se empujará a una verdadera “estatización” de un segmento importante de la publicidad nacional.

El avance del texto que impulsa el oficialismo sobre las bases de sustentación económica de la radiofonía independiente no se detiene en la cuestión publicitaria. Atenta también contra la formación de empresas de radiodifusión sólidas, actualizadas tecnológicamente, estables y con potencialidad de crecimiento, porque desalienta la inversión al disponer:

 Que la única renovación del plazo de licencias de diez años, por un período similar, esté sujeta a la voluntad expresada en audiencias públicas. Aplicar este procedimiento para extender la autorización de un servicio que contiene opinión y encarna legítimamente una determinada línea editorial y que además opera en competencia con otros medios, es someter su continuidad a un posible juego de presiones políticas y de intereses económicos encubiertos con un cuestionable barniz de “participación popular”.

 Que agotado el período de renovación la empresa de radiodifusión no tenga ninguna opción de continuidad y por lo tanto deba liquidarse. El titular deberá mal vender los activos, cancelar pasivos, despedir al personal previo pago de media indemnización (con justa y forzosa causa) y dedicarse a otra cosa. Un poderoso incentivo a la previa insolvencia de los inescrupulosos cuando deban afrontar esta ocasión.

 Que al extinguirse el plazo de la licencia el Estado pueda disponer “medidas transitorias” (¿incautación de bienes?), con el “objeto de resguardar el interés público y social” para asegurar “la continuidad del servicio hasta su normalización”.
Carlos María Medina

Director General de Cadena 3

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