El cerro Uritorco no podrá ser expropiado y seguirá siendo privado
La Justicia declaró “inconstitucional e inaplicable” una ordenanza de Capilla del Monte que autorizaba a expropiarlo
El Juzgado Civil y Comercial, Conciliación y Familia de Cosquín, a cargo de Cristina Coste, le dio la razón a Sonia Beatriz Anchorena de Crotto, titular registral de la estancia en la que se encuentra el famoso macizo, que para muchos es una especie de sede mundial de contactos con los extraterrestres.
Precisamente, Crotto había solicitado la declaración de inconstitucional de la ordenanza 1.742/04, que autorizaba la adquisición del cerro por parte del municipio de referencia. Esta norma fue sancionada por unanimidad por los concejales capillenses, en noviembre de 2004.
El pedido de la propietaria incluía también el decreto del entonces intendente de la localidad serrana, Gustavo de Figueredo. Con ese instrumento se declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación el predio de 300 hectáreas donde se encuentra la mayor elevación de las Sierras Chicas, a cambio de una indemnización que el propio municipio había calculado en 300 mil pesos.
Argumentos débiles. En los considerandos de la sentencia, la Justicia destaca que las razones referidas a la utilidad pública y al beneficio común esgrimidas por los ediles y De Figueredo para justificar la expropiación "no pasan de ser referencias generales, fórmulas vagas, sin detalles de los instrumentos ni medios previstos, sin esbozo de implementar un plan turístico-cultural-ambiental". Y agrega: "Por el contrario, hay un sustrato de especulación en obtener fondos a través de su explotación (utilidad pecuniaria) que no justifica que deba prevalecer sobre el derecho individual" de Anchorena de Crotto.
También señala que los servicios y seguridad del lugar (muy demandado por los cultores del turismo alternativo) "pueden ser optimizados en tanto el municipio imponga el poder de policía que es consustancial al deber esencial de ese gobierno para proteger la vida, la propiedad, la seguridad, la moralidad y la salud de los habitantes" comprendidos en la jurisdicción de la localidad.
El disparador. La idea de expropiar el Uritorco se disparó el 20 de octubre de 2004, cuando se halló muerto en el fondo de un barranco de 300 metros al joven Matías Fernando Pujet. Por ese hecho, la Justicia de Cosquín imputó al artesano Ariel Arévalo, quien había oficiado de guía de Pujet y de la novia de éste, a quien el supuesto homicida habría violado.
El caso desnudó las falencias del servicio que prestaba Aldo Seibaa, concesionario del predio, y dio pie a De Figueredo y a los concejales para intentar la expropiación.
En diciembre de 2005, la jueza Cristina Coste comunicó a De Figueredo que debía "abstenerse de continuar el proceso expropiatorio iniciado con fundamento en la ordenanza 1.742/04", hasta tanto se dictara sentencia en la causa caratulada "Anchorena de Crotto, Sonia Beatriz. Acción declarativa de certeza".
La magistrada hizo lugar a la acción y declaró "inconstitucional e inaplicable" la norma. De esa manera, puso punto final al proceso de expropiación del emblemático cerro de Punilla.
Un camino sinuoso
Cambios de mano. Un estudio de títulos de las estancias Capilla del Monte y Uritorco muestra que desde finales del siglo XIX la titularidad del cerro cambió de manos media docena de veces.
Compran las hermanas. En 1975, la sucesión de María Josefina Correas de Fontaine Silva y Gastón Julio Fontaine Silva lo vendió a Mercedes Anchorena de Ferrari y a Sonia Beatriz Anchorena de Crotto.
Concesión. En 1995, las dueñas lo dieron en concesión a Aldo Seibaa para la explotación del lugar, quien devolvió el predio a las hermanas Anchorena en abril de 2007 luego de un reclamo judicial.
Conmoción. El 17 de octubre de 2004 se registró en el cerro un episodio delictivo que tuvo como saldo un joven asesinado y su novia violada. Ese hecho llevó a los concejales y al entonces intendente, Gustavo de Figueredo, a iniciar el proceso de expropiación.
Freno. En diciembre de 2005, la Justicia de Cosquín ordenó detener el proceso expropiatorio.
Punto final. Ahora, la jueza Cristina Conte declaró insconstitucional e inaplicable la ordenanza que había autorizado la expropiación, lo que dejó sin efecto el proceso iniciado por el municipio de Capilla del Monte en 2004
Fuente La Voz del Interior
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