Cuestionan el accionar y asesoramiento del Juzgado de Faltas al ejecutivo local
Carta enviada por el Ctdor Néstor Valle
...Lo actuado en la remisería local es otro más de los “sin palabras”; nadie le avisó al Ejecutivo de que lo que estaban haciendo estaba mal encarado desde el punto de vista administrativo y que las consecuencias podrían haber sido tener que hacer marcha atrás como finalmente ocurrió? Nadie le sugirió al Ejecutivo que primero debió intimar al titular de la agencia de remises para que proceda a apartar de su personal al o los involucrado/s en el hecho policial y luego de no realizarse dicho apartamiento proceder en consecuencia?
Debe toda una comunidad seguir pagando costos judiciales innecesarios y honorarios por asesoramientos que no son tales?
Seguramente se habra entereado de las inspecciones que está realizando el municipio a diferentes locales comerciales de la localidad y de las irregularidades de procedimiento en las que ha incurrido el mismo provocando marcha atras como en el caso de la remiseria de calle 25 de Mayo; con algunos clientes mios se han producido situaciones bastante complicadas y que me tome el atrevimiento de remitirle en archivo adjunto una nota que escribi al respecto.-
La Cumbre, 25 de Abril de 2011
Estimado Arturo Beredjiklian:
Habiendo leído en La Semana del jueves 23/04/2011 N* 193 un artículo bajo el título de “Comercios” sobre las quejas que expresamente manifiestan comerciantes locales por el accionar de los inspectores municipales de las áreas de bromatología y seguridad, quisiera agregar algunas vivencias de mis clientes con respecto a este tema.-
Haciendo un poco de memoria, hacia fines de 2010 la Municipalidad entregó a los negocios de La Cumbre un papel con membrete municipal sin firma con información sobre nuevas disposiciones en materia de seguridad e higiene que REGIRIAN a partir del 01/01/2011 (libro de inspecciones, control bromatológico periódico, renovación anual de la habilitación, etc) y al preguntar en la oficina de comercio de la municipalidad sobre la posibilidad de obtener una copia de todas esas nuevas disposiciones se me respondió que todavía no estaban porque había que esperar que las aprobara el Concejo Deliberante; es decir que de antemano “ informaron “ a los comerciantes lo que deberían cumplir sin que estuviese aprobado conforme a derecho por lo que lógicamente NADIE FIRMO LA NOTA ni nadie se hizo cargo.-
Una vez aprobadas las nuevas normas y entradas en vigencia comenzaron los inconvenientes que Ud menciona en el artículo precitado, no por las “nuevas exigencias” sino por la forma en que se pretendieron y se pretenden implementar: “a los empujones” y con actitudes verdaderamente temerarias por parte de los “inspectores, pseudos bromatólogos, expertos en seguridad, etc, etc.-
En un comercio conocido de venta de empanadas y pizzas sobre la calle Belgrano, se procede a la inspección de dicho establecimiento exigiendo, entre otras cosas, el embutido de cables con material ignífugo, el retiro de un extractor eléctrico por estar en cercanías de un techo de madera, matafuego, etc, etc .- A fines de marzo del cte año un Inspector Municipal procede a la constatación mediante acta de que lo solicitado por esa municipalidad se había cumplimentado faltando solamente obtener la Libreta Sanitaria.- El día 15/04/2011 se apersonan inspectores municipales conjuntamente con el capataz-inspector-técnico, etc de la municipalidad y además estuvo presente este Sr. Lavorano ( quien sería el jefe de seguridad de la municipalidad de La Cumbre; sería la persona que comandó el operativo seguridad en la fiesta de Brujas en San Francisco del Pungo).- En pocas palabras y de manera poco amable se le informa verbalmente al contribuyente que todo el trabajo de aislamiento con material ignífugo estaba mal, que el caño utilizado no era el que exige la municipalidad, etc etc y que debía hacerse de nuevo y agregar un disyuntor en el local comercial ya que se comparte el suministro de energía eléctrica con otro negocio.- El comerciante solicita que se le diga que plazo tiene para “volver” a hacer el trabajo con el agregado del disyuntor y se le manifiesta que la Jueza de Faltas le avisará, no labrando acta de constatación alguna.-
El día lunes 18/04/2011 siendo aproximadamente las 13 horas se apersona nuevamente el capataz-….etc de la Municipalidad con más los inspectores municipales y a viva voz le manifiesta al dueño del negocio que salga del mismo que tienen que clausurar por orden de la Jueza de Faltas y que el cierre sería de 5 DIAS sin exhibir ni entregar copia de la resolución que determinaba dicha sanción; ante semejante sorpresa ya que se esperaba que la autoridad diera un nuevo plazo para hacer los trabajos y sin obtener respuesta alguna por parte de los funcionarios actuantes decide no moverse de su lugar de trabajo por lo que los inspectores y el capataz procedieron a colocar la faja de clausurado en la puerta del negocio con el titular dentro del mismo.- Sin palabras.-
A las 16 horas aproximadamente estas personas volvieron al local comercial de mi cliente con un Policía a los efectos de que lo persuadiera de que se retire del local, hecho que el contribuyente accede a retirarse del mismo ya que ante tanta impotencia por el atropello sufrido no tenía muchas alternativas y menos aún ante semejante acto patoteril cuando fue encerrado en su propio negocio.- Terminado esto, en forma inmediata concurrió a la Policía en donde efectuó la correspondiente denuncia penal en contra de los inspectores actuantes, el capataz y en contra de la propia municipalidad.-
No obstante ello el día martes 19/04/2011 acompaño a mi cliente hasta el Juzgado de Faltas para hablar con la Dra. Pilar Llorens a cargo de dicho Juzgado solicitando en primer lugar una copia de la resolución que impone la clausura y al leerla nos encontramos de que la misma dice que la clausura es por 5 DIAS HABILES, es decir que el negocio estaría cerrado los días 18, 19, 20, 25 y 26 de abril ya que los días 21,22,23 y 24 son días inhábiles (Jueves y Viernes Santo, Sábado y Domingo) a lo que la Jueza de Faltas manifiesta que de ninguna manera es así, son días hábiles pero también estará cerrado jueves a domingo, situación esta que nuevamente colocó al dueño del establecimiento en un total y absoluto estado de indefensión y ante semejante respuesta se le solicitó se le explicara el porque de todo este accionar lleno de vicios procedimentales y que nadie controló; ante esto la Dra. Llorens manifestó que ella tenía dos versiones contradictorias entre si de la verdadera situación del negocio, una versión era la del acta que confeccionara el primer inspector actuante en la cual manifestó que solo faltaba tramitar la libreta sanitaria y otro informe, un informe técnico en el cual dice todo lo contrario; sobre este informe el contribuyente no tiene copia, desconoce su contenido por lo que se le solicito una copia la cual no fue entregada.- También se le preguntó a la Sra. Jueza de Faltas porque si existiendo dos informes contradictorios no llamó a las partes a los fines de dilucidar el verdadero problema de la cuestión aplicando el principio jurídico “in dubita, pro reo” (ante la duda, a favor del reo) manifestó que para este caso no corresponde dicho principio.- Nuevamente “sin palabras”.-
Se solicitó por escrito a la Jueza de Paz permitiera el ingreso del contribuyente a su negocio para el retiro de algunas pertenencias que habían quedado en el mismo, además de solicitarle una copia de la resolución de clausura, informe técnico y en especial que arbitrara los medios para resolver la cuestión de los días hábiles para la clausura.- De todo lo solicitado solo accedió a permitir el acceso al contribuyente y entregó una copia simple de la resolución de clausura.- Y continúan las “sin palabras”.-
En el curso de la semana del 25/04/2011 el titular del comercio presentará la denuncia civil por daños y perjuicios en Tribunales de la Ciudad de Cosquin por lo que una vez más todos los ciudadanos de La Cumbre deberán afrontar gastos innecesarios por un accionar poco feliz de funcionarios municipales y todo en pos de una mayor SEGURIDAD ?
Si todos los comercios de La Cumbre van a ser inspeccionados con la rigurosidad con la que fue inspeccionado (inspeccionado?) el negocio de venta de empanadas estoy casi en la certeza de que más del 80% de los mismos deberán ser clausurados; de la nada se pretende hacer el todo o el control es selectivo? Pequeños comercios instalados en casas de familia ya están siendo “acosados” con papelería, actas, mensajes, etc para que se preparen para la inspección final en donde TODO deberá estar de acuerdo a la letra escrita y de cumplimiento irrestricto; estos pequeños negocios de familia que solo aportan algunos pesos más a la economía familiar, deberán afrontar erogaciones que oscilan entre los $ 1.000.- y $ 1.500.- por negocio para poder dar cumplimiento a la norma municipal pretendida.- La norma pretendida está siendo resistida no en su contenido sino en su forma de aplicación.-
En muchos Países del mundo, incluso los que visitó el Sr. Intendente, este tipo de medidas van acompañadas con un incentivo fiscal para los contribuyentes a los efectos de que en pos de la seguridad e higiene se cumplan las directivas emanadas del Ejecutivo y en total resguardo de la población y para mejor atención y seguridad al turista.- Tal incentivo fiscal podría ser por ejemplo, que el gasto realizado se tome como pago a cuenta de la tasa de comercio contra la presentación de los respectivos comprobantes de gastos.-
Lo actuado en la remisería local es otro más de los “sin palabras”; nadie le avisó al Ejecutivo de que lo que estaban haciendo estaba mal encarado desde el punto de vista administrativo y que las consecuencias podrían haber sido tener que hacer marcha atrás como finalmente ocurrió?
Nadie le sugirió al Ejecutivo que primero debió intimar al titular de la agencia de remises para que proceda a apartar de su personal al o los involucrado/s en el hecho policial y luego de no realizarse dicho apartamiento proceder en consecuencia?
Debe toda una comunidad seguir pagando costos judiciales innecesarios y honorarios por asesoramientos que no son tales?
Muchas gracias por difundirlo, atentamente.-
Cr. Néstor Juan Valle
DNI. 11.311.658
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si es tal como esta descrito por el Sr. Valle estamos rayando en una extorsion,y cuan calificado esta el capataz para distinguir si las instalaciones corresponden o es de ojimetro como se hace todo,perjudicando un comerciante justo en fechas tan oportun